
¿Que debo hacer? ¿Necesito un abogado.?
Lo primero que debemos saber es que las citaciones judiciales son órdenes de obligado cumplimiento para todo aquel que las reciba, ya sea como denunciado o investigado, denunciante o querellante, o testigo (perito). La citación puede ser para que prestemos una primera declaración ante el juez instructor, o para que concurramos a la celebración del juicio. En ambos casos, la citación se practicará, por lo general, en el domicilio del destinatario, y en todo caso contendrá lo siguiente (artículo 175 LECrim en adelante).
En cuanto a la pelea, de entrada, es obvio que lo de pelarse no es modo de solución de problema alguno, pero sí causa de muchos, por lo que es absolutamente desaconsejable tal conducta. Sin embargo, dependiendo si es por delitos graves y leves, algunas lesiones sólo son perseguibles a instancia de la persona agraviada.
Lo dicho significa que, en una hipotética pelea, si las lesiones sufridas por el agredido son de muy escasa entidad, es decir, no requieren tratamiento médico, más allá de una primera cura, o incluso si no requiere asistencia médica alguna, en tal caso sólo se persigue el delito si existe denuncia del agraviado o de su representante legal, en su caso. De modo que, en este tipo de sucesos, solamente se producirá una condena por delito leve.
¿Y si al lesionado han tenido que ponerle varios puntos y tuvo tratamiento médico posteriormente?
En tal caso nos enfrentamos a un delito de lesiones graves del artículo 147, en el cual, de nuevo en función de las circunstancias concurrentes las penas serán mucho más graves, contemplándose la posibilidad de prisión de entre tres meses a tres años, aunque podría resultar, también, una multa aunque más cuantiosa que en el caso anterior.
¿Los medios utilizados en la pelea importan para la condena?
Naturalmente, el delito que, hasta lo que hemos visto es un crimen de resultado, en el que la pena va a estar muy vinculada con el resultado producido en la pelea, pues si como resultado de la misma se perdiese algún órgano por parte del lesionado, la pena se incrementa hasta la prisión de seis a doce años; del mismo modo, también se agrava la pena si en la pelea se han utilizado armas u otros objetos e instrumentos peligrosos para la vida.
En suma, la respuesta a la pregunta que se nos formula tras participar en una pelea no es única, sino que depende de las circunstancias concurrentes, que pueden conducir a resultados absolutamente diferentes en uno u otro caso.
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